El Etiquetado Frontal es una de las acciones enmarcadas en la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable. Esta acción fue alentada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) para promover una alimentación más consciente.
La Ley N° 27.642, o mejor conocida como “Ley de etiquetado” tiene como meta que la población cuente con información sobre los productos que consume a través de un sistema de etiquetado que advierta cuando un producto tenga «exceso en azúcares», «exceso en sodio», «exceso en grasas saturadas», «exceso en grasas totales», y/o «exceso en calorías», según valores propuestos por la OPS, y otro tipo de advertencias como la presencia de edulcorantes o cafeína.
La normativa busca redireccionar el consumo desde las góndolas hacia una alimentación saludable. El etiquetado sólo abarca a productos procesados o ultraprocesados. Paquetes, latas y botellas. Deja afuera a pizzerías, restaurantes, rotiserías, panaderías y todo alimento no industrializado.
Mundialmente, los etiquetados frontales se pueden clasificar en dos grandes tipos: los sistemas enfocados en nutrientes (aquellos que solo informan el contenido de nutrientes críticos) y los que se denominan de resumen (aquellos que contienen información más amplia sobre nutrientes críticos y otros esenciales del producto y lo sintetizan a través de símbolos o letras).
La ley argentina establece un sistema de advertencia enfocado en nutrientes críticos. Es decir, solo comprende calorías, azúcares agregados, grasas totales y saturadas y sodio, pero no alcanza a otros nutrientes esenciales o positivos presentes en los alimentos
Debido a cómo se definieron los umbrales que delimitan los excesos, muchos productos envasados deberán exhibir sellos negros en sus etiquetas. Seguramente la mayoría efectivamente tienen cantidades altas de esos nutrientes críticos, pero una fracción de esos alimentos tienen excesos mínimos y como contrapartida algunos tienen alta cantidad de nutrientes esenciales como proteínas, calcio, fibra, vitaminas o minerales. Por eso, es importante leer toda la información de las etiquetas y tener información completa para poder tomar decisiones correctas para alimentarse de manera saludable.
Pero, más allá del sello, los productos que tengan estos excesos no pueden contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.
Tampoco pueden ofrecer la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.
La ley de Etiquetado Frontal de Alimentos tiene un cronograma de adecuación en dos etapas: las fábricas chicas o medianas tienen más tiempo, hasta el 20 de febrero de 2023; las grandes tendrán que comenzar a etiquetar así dentro de 23 días.
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